Mesa electoral del 29-N: cómo saber si te ha tocado, cuánto se cobra y qué excusas valen

Los ayuntamientos sortean las mesas de las elecciones del 29 de noviembre de 2026. Plazos, excusas válidas, dieta de 75 euros y qué pasa si no acudes.

Urna para el Senado con sobres de votación en un colegio de Madrid en las elecciones de 2019 (foto de archivo)
Foto: LauraHale / Wikimedia Commons, CC BY-SA 3.0

Lo esencial: Los ayuntamientos sortean entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2026 quién formará las mesas electorales de las elecciones generales del 29 de noviembre. Quien sale elegido debe recibir el aviso en tres días y tiene siete para alegar una causa justificada ante la Junta Electoral de Zona. El cargo es obligatorio, se compensa con una dieta de 75 euros y faltar sin motivo puede acarrear penas de prisión o multa.

¿Cuándo es el sorteo y cómo sé si me ha tocado?

La Ley Electoral fija el sorteo entre los días 25 y 29 posteriores a la convocatoria, que Vozpópuli sitúa el 6 de octubre. Cada ayuntamiento elige su fecha dentro de ese margen, y los designados deben ser avisados en los tres días siguientes.

El aviso llega como notificación formal por correo certificado, con un breve manual, explica Orain. Algunos consistorios permiten también consultarlo por internet. Cartagena, que hizo el sorteo el 2 de noviembre, ofrece la consulta en su sede electrónica y encarga la notificación a la Policía Local por orden de la Junta de Zona. Allí se han designado 2.349 personas para 261 mesas.

¿Quién puede salir elegido?

Cada mesa tiene un presidente y dos vocales, con dos suplentes por puesto: nueve personas en total. El sorteo se hace entre los electores de esa mesa que sepan leer y escribir y tengan menos de 70 años.

Para presidir se exige bachillerato o Formación Profesional de segundo grado o, en su defecto, Graduado Escolar o equivalente. Los candidatos a las elecciones no pueden formar parte de una mesa.

¿Qué excusas se aceptan?

La norma de referencia es la Instrucción 6/2011 de la Junta Electoral Central, modificada por última vez en 2025. Distingue las causas que bastan por sí solas de las que la Junta valora caso por caso. Sirve igual para titulares y suplentes, y su lista son ejemplos: la Junta puede admitir situaciones análogas.

Valen siempre, con su acreditación Dependen de cada caso
Ser mayor de 65 años y menor de 70 Enfermedad o lesión que dificulte la tarea, con certificado médico
Discapacidad declarada, de cualquier grado Riesgo durante el embarazo o la lactancia
Baja médica Operación o pruebas clínicas inaplazables
Incapacidad permanente absoluta o gran invalidez Cambio de residencia a otra comunidad autónoma, si se justifica la dificultad
Embarazo a partir de los seis meses y permiso por nacimiento o adopción Evento familiar inaplazable, propio o de un familiar hasta segundo grado
Haber estado en una mesa tres veces en diez años, si la mesa queda cubierta Familia monoparental con menores de 14 años
Víctima con orden de alejamiento, si el agresor vota en el mismo colegio Confesión religiosa incompatible con el cargo
Cuidado de un lactante, de menores de 12 años o de personas con discapacidad Profesionales de servicios esenciales, como sanidad, bomberos o protección civil
Cuidado de un familiar hasta segundo grado que no pueda valerse por sí mismo Quienes trabajen en actos públicos ya previstos que no puedan suspenderse

Un viaje reservado no sirve como excusa, advierte Vozpópuli, aunque los contratados antes del 5 de octubre podrían revisarse.

¿Cómo y cuándo se presenta la excusa?

Hay siete días desde la notificación para alegar ante la Junta Electoral de Zona una causa “justificada y documentada”. La Junta resuelve en cinco días, y presentar la solicitud “no supone quedar eximido automáticamente”, recuerda Orain. Es decir, hay que ir a la mesa salvo que la Junta acepte la excusa.

Si la Junta la rechaza, la decisión debe estar motivada. No cabe recurso administrativo electoral, aunque sí un recurso contencioso-administrativo, según la Instrucción. Si el impedimento surge más tarde, la ley obliga a comunicarlo a la Junta al menos 72 horas antes, o de inmediato si no hay tiempo.

¿Cuánto se cobra y qué permisos hay?

La dieta es de 75 euros, cinco más que en julio de 2023, según Onda Vasca, que habla de más de doce horas de jornada. Además, quien tenga que trabajar ese día tiene permiso retribuido de jornada completa, y todos los miembros con empleo disfrutan de una reducción de cinco horas el lunes 30 de noviembre.

¿Qué pasa si no voy?

No acudir es un delito, no una simple falta. Onda Vasca recoge “penas de prisión de tres meses a un año o multas de seis a veinticuatro meses” para quien no se presente, abandone sin causa legítima o incumpla sus obligaciones de excusa o aviso previo. Afecta tanto a titulares como a suplentes.

Estas elecciones llegan en plena tensión política por el accidente de Urda y por la continuidad del ministro Óscar Puente.